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Entrevistas 31-05-2017 17:00

Email: alfredo@pirisabogados.es Teléfono: 942 212 606

D. Alfredo Piris: `Para los afectados del Banco Popular, estamos optando por la vía más sencilla y ágil, la reclamación civil`

El caso del Banco Popular está en todos los medios de comunicación y un abogado de Santander D. Alfredo Piris, ha levantado el “hacha jurídica” aquí en Cantabria y dice: “Unios para defenderos”. Email: alfredo@pirisabogados.es Teléfono: 942 212 606

Hoy estamos en un bufete de abogados, en esta ocasión con un objetivo claro y concreto, acercarnos a los ciudadanos y a sus problemas.

Estamos hablando de la problemática del Banco Popular, un tema que está en “candelero”, la quiebra del Banco Popular y la realidad por parte de los accionistas y demás depositantes de su dinero invertido en esta entidad.

El caso del Banco Popular está en todos los medios de comunicación y un abogado de Santander D. Alfredo Piris, ha levantado el “hacha jurídica” aquí en Cantabria y dice: “Unios para defenderos”.

Por este motivo, nos hemos acercado a su despacho y él, independientemente de las preguntas que le formulemos va a dar sus respuestas ampliadas al máximo, y además, cualquier lector que se quiera comunicar con su despacho lo puede hacer a través del email de contacto y el teléfono que les vamos a indicar en esta entrevista.

Email:  alfredo@pirisabogados.es

Teléfono: 942 212 606

Localización: Hernán Cortés, 15. Santander 

ALA.- Alfredo, ya existen denuncias dirigidas contra la entidad “Banco Popular” y contra su ex presidente por falsedad contable y estafa por parte de algunos accionistas. ¿Qué garantías pueden tener estos accionistas que han tomado la iniciativa?

Alfredo Piris.- Garantías obviamente de perseguir un resultado existen. Nuestros clientes, o los afectados mayoritariamente que nos estén escuchando ahora, lo que estarán buscando es una reparación a su pérdida patrimonial. La cuestión está en decidir cuál es el camino más eficaz y sencillo para lograr recuperar esa pérdida patrimonial. No es fácil decidirse por uno u otro camino, principalmente la labor del abogado tiene que nacer de esa disyuntiva. Yo respeto a los compañeros y personas que hayan decidido acudir a la vía penal, es decir, ahí se perseguirá que se castigue penalmente las conductas de los responsables, los administradores de la sociedad de capital.

Como ya ha ocurrido en otras circunstancias semejantes, en otras quiebras o en otros fraudes importantes, que todo el mundo conoce, me viene a la memoria por ejemplo el caso “Bankia”, o el caso de las “preferentes”.

En estos temas bancarios nosotros representamos a una Asociación de perjudicados a nivel nacional, estamos optando por la vía de la exigencia de la reparación civil. Por la experiencia que ya hemos tenido en estos procedimientos, “Bankia”, “preferentes” o con otros productos financieros de otras entidades bancarias en las que el perjudicado obtiene pronta y más sencillamente la reparación mediante el ejercicio de unas acciones civiles antes los tribunales ordinarios de la sede del domicilio donde reside, en lugar de tener que acudir a un procedimiento penal que se va a desarrollar fundamentalmente en la mayoría de las ocasiones en la Audiencia Nacional, que le va a resultar caro, le va a resultar largo… En el asunto de “Bankia”, hoy es el día que todavía ni tan siquiera se ha celebrado el juicio de los responsables de esa salida a bolsa mientras que los perjudicados civiles, los que perdieron dinero por esa salida a bolsa a través de las reclamaciones por la vía civil ordinaria han encontrado justa reparación a ese perjuicio. Por tanto, yo en este tema no soy partidario de acudir al tribunal, en este caso, la Audiencia Nacional, o incluso aunque fuera aquí, porque yo no creo que ese sea el interés primordial de mi cliente al cual me debo cuando me encomienda que defienda sus intereses que son puramente económicos.

ALA.- No obstante, para un cliente que decida la vía penal. ¿Algún problema?

Alfredo Piris.- No, desde luego no va a perder nada, seguramente el camino se le va a hacer más largo.

En asuntos como los de “Bankia”, que aquí en Santander, en nuestra Asociación, por ende en nuestro despacho fuimos pioneros en Cantabria en obtener una respuesta judicial favorable al asunto de “Bankia”, en ese asunto recibimos solicitudes de clientes que habían acudido a despachos más conocidos, que se anuncian en Internet con grandes campañas, que habían presentado sus reclamaciones penales pero, sin embargo, estaban ahí enclaustrados en la Audiencia Nacional viendo como pasaban otras reclamaciones, y esos señores acudieron a nosotros, desistieron de su reclamación penal, y les dimos la oportunidad de acceder aquí a una reclamación civil más rápida y más eficaz.

ALA.- Hemos escuchado en los medios de comunicación el caso del ‘Banco Popular’ y la ruina de los accionistas que ha puesto en el punto de mira al Banco de España, y todos se hacen la misma pregunta: ¿para qué sirve el ‘Banco de España’? Así lo hemos recogido en nuestro digital y así le trasladamos la pregunta.

Alfredo Piris.- He leído atentamente y comparto vuestro comentario en “Cantabria Liberal”, no hay duda de que el Banco de España es el primer supervisor directo de la actuación bancaria en España pero no podemos olvidar que desde el año 2012 existe una unión bancaria europea, y por tanto, el Banco Central Europeo, a través de sus organismos de supervisión y de resolución de conflictos, los que ahora mismo, han tomado la decisión sobre el “Banco Popular”.

Nosotros estamos centrados en la reparación económica de nuestro cliente, conocemos que ha habido algunos accionistas mayoritarios, con la potencia económica que eso da, que están recurriendo la resolución administrativa que decide acabar con el banco, y que decide en última instancia provocar esa pérdida patrimonial, pero yo creo que la mayoría de los accionistas minoritarios no están en condiciones de ejercitar esa acción, ni les va a merecer la pena. Lo que sí tendremos que estar es al resultado de esas acciones porque como pasó en el tema de “Bankia”, de ahí se puede derivar información muy interesante y vital para las reclamaciones civiles que se van a formular. Pero nadie pierde oportunidad por no embarcarse en esas reclamaciones penales, o en esas reclamaciones administrativas como la que está haciendo el máximo accionista chileno que tiene un tres y pico por ciento del banco, que ha contratado aquí un despacho en España y ha recurrido la resolución de la Junta Europea de Resolución que es la que finalmente ha decidido “cargarse” el banco para entendernos, entendiendo que no era justa esa resolución porque el banco era solvente.

La resolución se fundamenta, no en la falta de solvencia del banco sino en la falta de liquidez, es por lo que, los accionistas que no están conformes con esa causa pues están poniendo todo lo que está en sus manos para rebatirla.

Con todo respeto a las acciones colectivas no han demostrado que sean más eficaces que las individuales, no es mejor para el cliente, pueden resultar más rentables a la hora de trabajar para el despacho pero eso implica que la tramitación sea más lenta y más costosa, con lo cual, yo a quien me debo, ¿a mi trabajo? No. Me debo a mi cliente, y debe de orientar a mi cliente para llevar la reclamación por los cauces más sencillos y agiles, y hasta ahora esos cauces se han demostrado, tanto en “Bankia” como en el tema “preferentes” u otros de esta índole, que son las acciones individuales.

Estamos hablando de un problema muy importante, ha pasado escasamente un mes desde que se ha producido la resolución del banco, y por tanto, ahora estamos navegando y centrando el problema, que nosotros desde nuestra Asociación vemos que hay claramente una falta de información, o una información sesgada de la situación real del banco al momento de la ampliación del capital. Lo más reciente de esta situación es la ampliación de capital que hizo el banco en mayo de 2016, ahí se presentó un folleto que presentaba al banco de una determinada manera, la suficiente para hacer atractiva esa ampliación de capital. Nada más hacerse esa ampliación de capital, no acabó el año, y el presidente del banco dimite, algo bastante sospechoso porque ningún presidente del banco dimite si no tiene un problema, no fue un tema personal, ni de salud, obviamente estaba viendo lo que se avecinaba.

Y después esta año, más recientemente, en abril el propio banco a través de un hecho relevante comunica, hace público que tenía que hacer una serie de salvedades importantes a esos saldos contables que se presentaron y que sirvieron de base para la ampliación de capital, ni más ni menos, que reconocía en ese hecho relevante que había una diferencia de casi 700 millones de euros, luego se ha hecho publico que el banco estaba buscando a alguien que lo comprará y al final que ha pasado,  que los depositantes, pequeños y mayores,  han ido asustados retirando el dinero, y es posible obviamente que se diera un riesgo de liquidez y eso es lo que ha aprovechado la Autoridad Europea para dar “carpetazo” al banco mediante la venta al Banco de Santander.

ALA.- ¿Cuándo prescribe el plazo para reclamar?

Alfredo Piris.- Si estamos planteando una acción de nulidad por defectuosa información de la situación real del banco, el plazo de prescripción es el de 4 años desde que se conoció, es decir, 4 años desde ese 7 de junio de este año que es cuando se adoptó la resolución, por lo tanto, hay plazo más que de sobra, no se puede interrumpir pero yo creo que con menos tiempo vamos a hacer declaraciones eficaces y plantearlas debidamente.

ALA.- ¿Cuánto cuesta acudir a los tribunales? ¿Compensa el gasto?

Alfredo Piris.- De la forma que se tratan estos asuntos, por todos los despachos en España ya, teniendo en cuenta que se trata de una reclamación económica que se persigue la obtención de una compensación económica del tipo que sea, ese es el tipo de reclamación que hacemos. Todos los despachos de España están trabajando “a éxito”, es decir, el despacho cobrará cuando el cliente cobre, y a porcentaje.

Nuestra Asociación o nuestro medio de trabajar, hasta ahora y vamos a seguir manteniéndole, obviamente va a seguir siendo ese, nuestro trabajo va unido al éxito en la reclamación, por tanto, nuestros honorarios y nuestra rentabilidad está ligada a ese éxito, pero somos cautelosos y prudentes, ¿por qué? Porque nosotros informamos absolutamente al cliente, no de eso que obviamente debemos de informarle sino de las consecuencias que puede tener para él, el que no se dé ese éxito en la reclamación.

Hay mucha gente que no advierte que una desestimación de este tipo puede llevar aparejada el pago de las costas de la parte contraria, para que todo el mundo me entienda, si perdemos el pleito, los jueces nos pueden condenar a pagar el abogado y el procurador del banco, por este motivo, nosotros antes de presentar la demanda, solo lo hacemos con la confianza absoluta, si advertimos un riesgo se lo damos a conocer al cliente, y también le damos a conocer las consecuencias económicas que para él tendría la desestimación de la demanda, de tal manera que su decisión sea responsable, y responsable es conociendo todas sus vertientes y riesgos.

ALA.- ¿Puede existir alguna relación entre la problemática del Banco Popular y la de Bankia?

Alfredo Piris.- Lo que hemos estudiado hasta ahora, y lo que hemos estudiado a través de la Asociación, puedo asegurar que si tiene relación con aquellas personas que compraron en la ampliación de capital porque el banco no facilitó una información real del asunto, veremos a ver si esa información que facilitó en mayo de 2016, que no es correcta, tiene alguna trascendencia sobre las cuentas presentadas con anterioridad. Seguramente sí, pero hay que hacer submarinismo ahí, es decir, no es bucear un poco.

El banco tiene su propia auditoria y esas cuentas de la auditoria las conocía el Banco de España, y hasta mayo todo estaba bien presentado. Para justificar la liquidación la Autoridad Europea ha tenido que recabar un informe de otra auditoria, en este caso “Deloitte” que fue la auditoria sancionada porque fue la que supervisó las cuentas de “Bankia”, una sanción millonaria de 12 millones de euros, y sin embargo, la han “repescado” para que haga un informe en la que rebata las conclusiones que presentó (PwC) PricewaterhouseCoopers, que era la propia auditoria del Banco Popular. Por tanto, esto es difícil de defender tanto en una posición como en la contraria.

ALA.- Alfredo, una última pregunta. Un consejo que daría usted desde su docta opinión.

Alfredo Piris.- Desde luego que recabe en los servicios de un buen profesional, pero que ese profesional le explique bien los riesgos, que vea que el profesional sabe de lo que está hablando, y que ese profesional sea prudente y cauteloso.

Me pongo en los “zapatos” de mi cliente, y yo al menos confiaría mis intereses a alguien que pudiera presenciar su forma de hacer personalmente, es decir, que tuviera presencia, que le tuviera a mano, que tenga un despacho… ya que estas cosas que se hacen a veces por Internet, a lo mejor dan resultado, cada uno se encomienda a quien quiere pero en este caso, siendo profesionales aptos y cercanos, que trabajan en tu ciudad, a los que puedes recurrir y preguntar sobre tu expediente con total confianza,..

La publicidad en Internet tiene mucha fuerza y uno llega a pensar que esos mensajes que le llegan pues indican que realmente hay que ir a Madrid, hay que ir a un determinado despacho especializado en Madrid, ….No es así, las leyes, los jueces están aquí. Hay posibilidades.

En Cantabria hay unos excelentes profesionales y gente puntera que ha abierto camino en este u otro tema, nosotros lo hicimos con “Bankia”, como he dicho, otros lo hicieron con las “preferentes”, y otros lo harán con otros productos, se trata de dar con buenos profesionales, que en Cantabria  y en Santander, los tenemos.

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Muchas gracias Alfredo, por sus palabras y conocimientos en esta materia en particular que no dudamos sean adecuados para todas las personas que lo puedan necesitar.

Si ustedes quieren dirigirse a un despacho profesional con experiencia en este tipo de reclamaciones, pueden hacerlo a través de los siguientes datos de contacto:

Email:    alfredo@pirisabogados.es

Teléfono:  942 212 606 

Localización: Hernán Cortés, 15. Santander

 



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