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Nacional 15-06-2018 18:00

Fomento deberá pagar casi 2,2 millones por la suspensión en 2010 de obras en la carretera de San Glorio

El Ministerio de Fomento deberá abonar casi 2,2 millones a una empresa constructora por la suspensión parcial en 2010 de unas obras de acondicionamiento en la carretera N-621 de León a Unquera, más conocida como la carretera de San Glorio, y que afectaban a un tramo de casi 27 kilómetros.

   La Audiencia Nacional ha estimado de forma parcial el recurso interpuesto por la constructora, que lleva litigando contra el Ministerio desde 2012 por los daños y perjuicios que, según reivindica, le supuso la resolución del contrato de estas obras y que reclama en los tribunales ante el silencio administrativo recibido a sus reclamaciones directas a Fomento.

   Fomento adjudicó en abril de 2008 a la empresa, Tableros y Puentes S.A., por 18,5 millones de euros y un plazo de ejecución de 27 meses, la realización de estas obras de mejora en la carretera de San Glorio, que nada más comenzarse ya fueron ralentizadas y paralizadas en una parte al detectarse problemas geotécnicos y geólogicos que obligaban a modificar el proyecto.

   A ello, tal y como recuerda la Audiencia Nacional, le sucedieron diferentes modificados, reajustes de anualidades de pago a la empresa y cambios en la fecha de finalización de los trabajos, hasta julio de 2010 en que el Ministerio, a través de la Secretaria de Estado de Planificación e Infraestructuras, aprobó resolver los contratos de la obra por falta de dotación presupuestaria.

   La sentencia dictada ahora por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional, consultada por Europa Press, no es la primera resolución sobre este asunto de este órgano judicial, que en 2014 reconoció el derecho de la empresa (Tableros y Puentes S.A.) al cobro de 586.724 euros en concepto de lucro cesante.

   Pero esta constructora no veía así satisfecha su reclamación, que en total ascendía a 4.025.726 euros, por lo que interpuso un recurso de casación ante el Tribunal Supremo, cuyo pronunciamiento en 2016 fue retrotaer las actuaciones y devolver la causa nuevamente a la Audiencia Nacional.

   Básandose en los cálculos de un perito, que indicó que el periodo activo de la empresa en el proyecto fue de un total de 28 meses y estableció las cuantías que le correspondería recibir a la constructora, la Audiencia ha estimado ahora nuevamente de forma parcial el recurso de la empresa e incrementa la cantidad que tiene derecho a percibir por Fomento en comparación con la que estableció en su sentencia de 2014.

   Así, frente a los 586.724 euros que le reconoció hace cuatro años, ahora la Audiencia establece que Fomento debe abonar a Tableros y Puentes S.A. 2.189.664 euros, 586.724 euros por lucro cesante más 1.602.940 euros de compensación por el incrementos de costes y los gastos derivados de la suspensión temporal parcial de las obras, más los intereses de demora.

   Esta sentencia de la Audiencia, dictada el pasado 9 de mayo, es susceptible de recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

  

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