Noticias de Cantabria
Santander 30-10-2025 18:45

Suspendida la vista por el acuerdo de la trama de Obras al no poder asistir un acusado

El pacto prevé penas de hasta siete años de cárcel para el cabecilla de la red, de uno para su mujer y de dos para el resto de procesados

SANTANDER, 30 (EUROPA PRESS)

La vista señalada para este viernes, 31 de octubre, en la Audiencia Provincial de Cantabria para formalizar el acuerdo del 'caso Obras Públicas', se ha suspendido al no poder asistir uno de los acusados, según han informado fuentes judiciales a Europa Press.

Se había fijado para las 10.00 horas, para ratificar la conformidad de los investigados por la adjudicación irregular de contratos de carreteras por parte de un funcionario de la Consejería del ramo a varios empresarios del sector en la región.

En el acto --presidido por la presidenta del tribunal del jurado, la magistrada de la Sección Tercera Almudena Congil y para el que se deberá señalar una nueva fecha-- la Fiscalía, el Gobierno autonómico (como acusación particular) y los investigados suscribirán el acuerdo al que llegaron tras la instrucción de la causa, lo que evita la constitución de un tribunal de jueces legos que serían los encargados de enjuiciar a los acusados.

Dado que éstos han anunciado que van a reconocer los hechos y se van a conformar con las penas pedidas por las acusaciones, el juicio como tal no se celebrará.

Aunque la vista de conformidad fue señalada para este viernes, 31 de octubre, la Ley de Enjuiciamiento Civil prevé que las partes pueden solicitar la suspensión de la misma si concurre alguna de las causas contempladas en la citada norma como, por ejemplo, la coincidencia con otro señalamiento al que deba acudir alguno de los letrados de las partes.

En este caso, se ha suspendido al no poder asistir uno de los encausados, han confirmado a Europa Press fuentes conocedoras del procedimiento.

UNA CAUSA CON MÁS DE CIEN TOMOS

El Juzgado de Instrucción número 5 de Santander ha sido el encargado de investigar la causa desde su inicio, el 18 de octubre de 2022, hasta que dictó el auto de apertura de juicio oral, el pasado 12 de septiembre.

La envergadura y complejidad de este procedimiento en sus casi tres años de instrucción se traduce en 56 tomos de trámite, 55 de anexos documentales y más de doce terabytes de material aportado en soporte informático.

EL ACUERDO

Según el acuerdo alcanzado, al que tuvo acceso esta agencia, y de formalizarse el mismo cuando se señala de nuevo la vista, se condenará a siete años y un día de cárcel al principal encausado, Miguel Ángel B.D, el funcionario considerado cabecilla de la red, que estuvo en prisión provisional durante seis meses y fue apartado de su puesto en la Consejería, donde era jefe del Servicio de Carreteras Autonómicas en la etapa de los hechos--. A su mujer se le impondrá un año de prisión y al resto de procesados, a más de dos.

El empleado público también será condenado a nueve años y tres meses de inhabilitación para empleo o cargo público, y al pago de una multa cercana al millón de euros, como responsable de delitos de fraude en la contratación, cohecho, blanqueo de capitales y falsedad en documento mercantil. Inicialmente, se le atribuía también prevaricación, y se podría enfrentar hasta seis años de cárcel por cada uno de los delitos.

Y al resto de implicados se les impondrán penas de entre uno y algo más de dos años de prisión al tenerse en cuenta para todos ellos las atenuantes de confesión y reparación del daño, tras reconocer los hechos imputados y consignar las cantidades exigidas por la parte perjudicada, el Gobierno de Cantabria para reparar en su "integridad" el daño económico causado.

Ha sido cifrado en más de 1,6 millones de euros por la adjudicación irregular de diferentes obras (como los puentes de Somo y Pontejos o la pasarela de Solvay, entre otras), cuantía que en concepto de responsabilidad civil deberán abonar los acusados y de la que más de la mitad (749.648 euros) corresponde al funcionario.

Su esposa será condenada a un año y un día de prisión y al pago de casi medio millón (478.513 euros) por blanqueo de capitales en concurso medial con un delito de falsedad en documento mercantil.

Asimismo, las defensas pactaron con las acusaciones dos años de cárcel por fraude en la contratación y cohecho para los demás investigados que continuaban imputados en la recta final de la instrucción.

Se trata del apoderado de API Movilidad e IMESAPI, el administrador de CANNOR y La Encina (Centro de Jardinería y Gestión Inmobiliaria), el administrador de RUCECAN y el apoderado y socio de esta última empresa.

También deberán pagar una multa de 1.800 euros y serán inhabilitados para obtener subvenciones y ayudas públicas, contratar con el sector público y gozar de beneficios o incentivos fiscales y de la Seguridad social por un plazo total de tres años y ocho meses.

SE CONCERTÓ DURANTE AÑOS Y ADULTERÓ LOS PROCEDIMIENTOS

Según el escrito de conformidad, el funcionario, "prevaliéndose" de esta condición en el Servicio de Carreteras de la Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Cantabria, "se concertó a lo largo de muchos años en múltiples expedientes de contratación de obras con empresarios del sector para favorecerles en la adjudicación de los mismos a cambio de ilícitas remuneraciones como contraprestación a sus servicios irregulares".

Así, aprovechando todas las "posibilidades" que le ofrecía el desempeño de su puesto y se dedicó a "adulterar sistemáticamente los procedimientos de contratación del servicio de carreteras autonómicas mediante diferentes conductas" con las que causó "un grave quebranto en los intereses económicos" del Gobierno de Cantabria.

Las partes convinieron en que "el conciliábulo para dirigir el proceso de contratación de la Dirección General de Carreteras del Gobierno de Cantabria estaba formado" por los empresarios investigados que han reconocido los hechos y el funcionario, que "adoptó las decisiones oportunas (elaboración de pliegos, propuestas de adjudicación, informes de puntuación de ofertas, informes sobre ofertas temerarias) de forma arbitraria y perversa, teniendo plena consciencia" de sus acciones, "todas ellas orientadas a una contratación irregular e ilícita y con una influencia determinante en las mismas".

"Todo el proceso descrito obedecía a un interés económico recíproco: por una parte, las empresas obtenían contratos de la administración de forma reiterada, engordando con su margen empresarial de beneficios su cuenta de resultados y por otra el funcionario recibía cuantiosas remuneraciones, dádivas y favores por su incorrecto proceder", se señala en el escrito, en el que se apunta que dichos pagos, atendiendo al "desproporcionado patrimonio acumulado" por el acusado y su familia (esposa y dos hijas) "han ido discurriendo a lo largo de los años, sin poderse acreditar con certeza el montante total ni la forma de llevarse a cabo".

Sé el primero en comentar