Noticias de Cantabria
Nacional 29-04-2024 13:30

El Gobierno ayudará con 2.150 euros si el solicitante viene solo y 3.900 euros si regresa con acompañante.

El BOC publica las bases de la Orden para sufragar gastos de viaje de la visita de cántabros, con pocos recursos, que residan en el extranjero de manera continuada

El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este lunes la Orden de la Consejería de Presidencia, Justicia, Seguridad y Simplificación Administrativa del Gobierno regional por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas a las personas cántabras emigrantes con el fin de favorecer su retorno a la comunidad autónoma y que serán de hasta 2.150 euros si el solicitante viene solo y 3.900 euros si regresa con acompañante.

Las subvenciones están destinadas a sufragar gastos de viaje derivados de la visita a la región por parte de los cántabros, con pocos recursos, que residan en el extranjero, cuya finalidad es el reencuentro de los beneficiarios con su tierra, sus familiares y con la sociedad cántabra, y con ello favorecer su derecho al retorno.

Podrán ser beneficiarias todas aquellas personas que sean naturales de Cantabria o que en su última vecindad haya sido un municipio cántabro; tengan la nacionalidad española; residan en el extranjero de manera continuada, como mínimo, diez años consecutivos; no haber sido beneficiario de estas subvenciones en los últimos cinco años, y no haber percibido en el año anterior a esta convocatoria ingresos brutos superiores a tres veces el IPREM anual (14 pagas).

Las personas solicitantes podrán venir acompañadas por las unidades a ellas por matrimonio, unión de hecho o relación análoga de afectividad, siempre y cuando tengan su residencia en el mismo país que el solicitante y lleven conviviendo con la persona solicitante, por lo menos, un año.

Serán gastos subvencionables todos aquellos que estén relacionados con los desplazamientos desde el lugar de residencia habitual hasta el lugar donde se vayan a alojar en Cantabria durante su visita, así como los de regreso desde ese lugar hasta la residencia habitual; gastos de alojamiento en cualquiera de los municipios de Cantabria, y de manutención realizados en establecimientos de restauración en cualquier municipio cántabro.

El importe global destinado a estas ayudas será fijado cada año en la convocatoria que, en su caso, se realice. Cada beneficiario percibirá como máximo el 100% de la ayuda solicitada con el límite máximo total de 2.150 euros si viene solo y 3.900 euros si regresa con una persona acompañante, estableciéndose en cada convocatoria, en su caso, los límites máximos específicos por los conceptos de desplazamiento, alojamiento y manutención, dentro del máximo total.

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOC y se presentarán en la Oficina de asistencia en materia de Registro del Gobierno de Cantabria.

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