Las actividades agrarias tendrán una reducción excepcional del 10% en el rendimiento neto en la renta de 2027
El impacto de estas medidas supone una reducción en la base imponible de 860 millones
El Ministerio de Hacienda ha publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la orden que desarrollan el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) para 2027 y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), que incluye medidas excepcionales de reducción fiscal para agricultores y ganaderos.
En concreto, esta orden establece una reducción general del rendimiento neto del 10% que será aplicable a todas las actividades agrarias, mientras que al resto de actividades económicas se le aplica una reducción del 5%.
Además, los agricultores y ganaderos que declaren por el sistema de módulos podrán minorar el rendimiento neto previo un 35% por adquisición de gasóleo agrícola y un 15% por compra de fertilizantes.
El objeto de estas medidas, que suponen una rebaja de la base imponible del IRPF del orden de 860 millones de euros, es paliar los efectos que el incremento de los precios del gasóleo y los fertilizantes como consecuencia del conflicto en Oriente Medio han causado en la rentabilidad de las explotaciones agrarias.
De esta forma, estas medidas benefician a los 800.000 agricultores y ganaderos que tributan por el método de estimación objetiva del IRPF (módulos).
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