Noticias de Cantabria
Santander 18-09-2026 15:15

Los dos acusados por la muerte del joven asturiano en Potes en 2020 no llegan a un acuerdo e irán juicio en diciembre

La vista oral se celebrará del 16 al 18 de ese mes en el salón de actos del complejo judicial de Las Salesas a partir de las nueve de la mañana

Las defensas de los dos acusados por la muerte de un joven asturiano en verano de 2020 Potes, que tras recibir un puñetazo cayó al suelo y falleció, no han llegado a un acuerdo con las acusaciones este viernes en la audiencia preliminar celebrada al efecto en la Plaza 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Santander, por lo que el juicio se celebrará el próximo mes de diciembre.

Se ha señalado para los días 16, 17 y 18 de ese mes, y si fuera necesario también el 21, en el salón de actos del complejo judicial Las Salesas de la capital cántabra, a partir de las nueve de la mañana.

Uno de los implicados se enfrenta a dos años y medio de cárcel que pide para él la Fiscalía de Cantabria por la agresión, por un delito de homicidio imprudente, y el otro a una multa de 480 euros como autor de uno leve de lesiones, por dar una patada en la cabeza a la víctima cuando ya había caído.

Mientras, las dos acusaciones particulares personadas en la causa --que representan a los padres y a la pareja del fallecido-- califican los hechos como lesiones dolosas en concurso con un delito de homicidio imprudente que atribuyen a ambos procesados, para cada uno de los cuales reclaman una pena de siete años y medio de prisión.

En la vistilla de esta mañana --que se ha prolongado durante cerca de una hora y en la que solo ha estado presente uno de los encausados ya que el otro la ha seguido por medios telemáticos-- la jueza ha admitido diferentes documentos aportados por las partes y ha fijado las pruebas a practicar en el plenario, salvo una declaración propuesta por las acusaciones que ha sido rechazada.

Y también ha denegado la magistrada la pretensión de las defensas de impugnar y 'sacar' del procedimiento ciertas expresiones recogidas en los escritos de calificación provisional de las acusaciones particulares, como que los dos investigados fueron "de común acuerdo" a "buscar" a la víctima tras una primera discusión a distancia la noche de los hechos para atacarle "sorpresivamente" --en vez de que "se encontraron" después fortuitamente-- o que fue una agresión "conjunta" --y no que uno le dio un puñetazo en la cara que provocó la caída y el otro una patada en la cabeza cuando estaba tendido en el suelo--.

Entienden las representantes legales de ambos que no se trata de meras "matizaciones" sino que esas frases introducen "hechos nuevos" respecto a los recogidos en el auto por el que se acordó la apertura de juicio en este procedimiento abreviado, dictado en febrero de 2024 por una de San Vicente de la Barquera, entonces titular del entonces Juzgado de Primera Instancia e Instrucción de la localidad.

EXCESO DE HECHOS.

Las dos letradas aprecian por tanto "exceso de hechos" respecto a la "delimitación fáctica" del citado auto que puso fin a la investigación y dio paso a la fase de vista oral, lo que a su entender afecta al derecho de defensa y con la que creen que se intenta imputar el delito de homicidio por imprudencia a los dos, al tratar de "cuadrar" los hechos que relatan con esa calificación.

Basan esto último en pasajes como que tras la caída de la víctima, le "golpearon" y "dieron puñetazos y patadas", y esgrimen las defensas que "son hechos que no aparecen" en la mencionada resolución, que habla de una "única" patada en la cabeza dada por un "único" procesado. Y han añadido además que no hay "pruebas" -como informes forenses- para poder "acreditar" esos extremos "novedosos".

Pero la jueza ha denegado esta cuestión previa planteada por las y ha apuntado al respecto que no puede exigirse al auto del procedimiento abreviado y en materia de hechos la "precisión" de lo que luego resulte en la sentencia, una vez practicada toda la prueba en el juicio oral, que es lo que determinará qué acciones quedan acreditadas y probadas y cuáles no. Es algo que, por tanto, no puede por tanto "valorarse por anticipación".

De momento, el auto que concluyó la instrucción y que ratificó la Audiencia Provincial de Cantabria determinó que fue el impacto contra el suelo el que produjo la muerte, y no la patada en la cabeza que presuntamente dio el segundo de los investigados a la víctima cuando ya había caído. En este sentido, según se explicó en los informes forenses, de no haberse producido el fallecimiento, la lesión provocada por la patada en la cabeza hubiera precisado para su sanidad una única asistencia facultativa.

DOCUMENTAL Y PRUEBA.

Lo que sí ha admitido la jueza es la documental aportada en la audiencia preliminar, como la de la pareja de la víctima para demostrar la convivencia en Villaviciosa y el interés económico (préstamo hipotecario, certificado de empadronamiento, comunicación del censo electoral, libretas de ahorro, esquela o certificado de defunción) así como las secuelas (informes psiquiátricos y psicológicos por los daños sufridos a consecuencia de este suceso, por el que estuvo de baja 18 meses, y receta electrónica con los medicamentos prescritos).

Igualmente, a petición de la otra acusación particular se han incorporado a la causa informes médicos sobre el estado de salud de los progenitores del fallecido y el agravamiento del mismo, y que esta parte ha atribuido a la dilación de la instrucción durante más de seis años. De su lado, una de las defensas ha sumado el contrato de trabajo y nóminas de su cliente, monitor de montaña con contrato fijo-discontinuo.

La jueza ha admitido todos estos documentos y la prueba propuesta por las diferentes partes, salvo la citación del enfermero del centro de salud de Potes que acompañó al médico del mismo a practicar la reanimación cardio pulmonar del agredido, por considerar que es "suficiente" la declaración del facultativo a efectos del informe firmado por él, y cuando su declaración testifical-pericial está incluida.

Al no haber llegado las partes a una conformidad, toda esta documental se verá y la prueba se practicará en el juicio, que se celebrará del 16 al 18 del próximo mes de diciembre.

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