El TSJC declara fijo a un empleado del Gobierno que aprobó la oposición sin plaza pero sumaba 17 contratos en doce años
El Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha declarado indefinido-fijo a un trabajador laboral del Gobierno regional que aprobó una oposición sin obtener plaza pero que encadenaba una sucesión de contratos temporales, hasta 17 en doce años.
El demandante, que ha venido prestando sus servicios para el Ejecutivo regional desde julio de 2010 en la categoría de empleado de servicios, llevó su situación ante la justicia, y la Sala de lo Social del TSJC ha decretado su fijeza en una sentencia contra la que cabe interponer recurso de casación para la unificación de doctrina.
El demandante pasa de indefinido a fijo tras el fallo del alto tribunal cántabro, que ha estimado su recurso -y desestimado el de la Consejería de Presidencia- frente a una resolución previa del Juzgado de lo Social número 6, que lo declaró como indefinido no fijo.
Pero el TSJC ha aplicado una sentencia del Tribunal Supremo dictada en mayo de este año y ha declarado la fijeza al haber aprobado la oposición (aunque no obtuviera plaza) porque ha acreditado el cumplimiento de los principios de mérito, capacidad, igualdad y libre concurrencia de un proceso selectivo convocado para la cobertura de plazas fijas, requisitos necesarios para el acceso al empleo público.
"Cuando una persona haya participado en una prueba selectiva para la contratación de personal fijo y la haya superado pero no haya obtenido plaza porque el número de aspirantes que ha demostrado su capacitación sea superior al número de plazas ofertadas, como es el caso, si posteriormente suscribe contratos de duración determinada y se produce un abuso en la temporalidad, no resulta 'contra legem' la conversión de ese contrato en una relación laboral fija", sentencia el TSJC.
En este sentido, el tribunal resalta que la persona en cuestión "ha participado en una prueba de acceso al empleo público fijo conforme a los requisitos de igualdad, mérito y capacidad" y añade la "ulterior vulneración" de la cláusula que evidencia una "necesidad estructural de trabajadores" y "obliga a dicha conversión".
El criterio previo de la Sala de lo Social era no reconocer como superado el proceso selectivo salvo para aquellos aspirantes que hubieran obtenido plaza independientemente de la nota que se sacara, ya que las bases no permiten declarar aprobados a más candidatos que plazas convocadas.
Pero con esta sentencia se deja atrás ese principio, de modo que quien esté en una situación de abuso en la temporalidad, obtenga una puntuación en un proceso selectivo para plazas fijas suficiente para entender superada la prueba, y haya acreditado mérito y capacidad para el acceso al empleo público, podrá ser declarado fijo.
UN GRAN LOGRO QUE ABRE LA PUERTA A OTROS TRABAJADORES.
El trabajador acudió a la vía judicial a través de los servicios jurídicos del sindicato TU, que viene denunciado de forma pública y reiterada el incumplimiento de las directrices europeas y el exceso de temporalidad en las administraciones públicas.
En un comunicado, en la formación se muestran "muy contentos" por esta sentencia, que aunque no es firme confían en que no sea recurrida en casación (la del TSJC se basa precisamente en una del TS).
Según han indicado, el fallo supone "un gran logro", pues abre la puerta en Cantabria a la declaración de fijeza de situaciones "análogas" para el personal laboral de las administraciones públicas.
Sé el primero en comentar