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Cantabria 26-09-2025 14:30

Cantabria modificará las subvenciones de contratación indefinida para incluir a hombres desempleados mayores de 45 años

El decreto firmado el 4 de julio solo fomentaba, en ese rango de edad, la empleabilidad de mujeres

SANTANDER, 26 (EUROPA PRESS)

El Gobierno de Cantabria modificará las subvenciones a la contratación indefinida para incluir a hombres desempleados mayores de 45 años, ya que, actualmente, el decreto firmado el 4 de julio, en ese rango de edad, solo fomentaba la empleabilidad de mujeres.

Además, el Ejecutivo va a ampliar la convocatoria de subvenciones a las personas trabajadoras mayores de 45 años afectadas por un Expediente de Regulación de Empleo (ERE), una medida que se incluirá también en el Plan de Mayores de 45 años. Asimismo, se van a duplicar las ayudas a la contratación de personas con discapacidad a partir del 1 de diciembre.

Así lo ha anunciado el consejero de Empleo, Eduardo Arasti, durante la jornada 'Ayudas del Servicio Cántabro de Empleo para la contratación estable y la formación a medida', celebrada en la sede de CEOE-Cepyme Cantabria, en Santander, en la que le ha acompañado la directora del Servicio Cántabro de Empleo (EMCAN), Lucía Serrano.

En esta línea, Arasti ha indicado que también se subvencionarán los contratos de relevo que se suscriban, una medida que estará incluida en el plan de menores de 30 años.

AJUSTE DE LAS SUBVENCIONES PARA FORMAR Y CONTRATAR

El pasado 4 de julio el Gobierno regional aprobó el Decreto de concesión de subvenciones para programas de formación a la medida de las empresas con compromiso de contratación de trabajadores, en modalidad presencial, dentro del marco del Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno.

Ante los empresarios, el titular de Empleo ha explicado que las empresas solicitarán esta formación cuando lo necesiten, sin estar sometidas a plazos ni convocatorias. Estos programas dirigidos a los desempleados y diseñados por la propia empresa tienen el objetivo de responder a las necesidades del mercado laboral.

Por un lado, el Gobierno busca mejorar la empleabilidad de los desempleados a través de la adquisición y mejora de competencias profesionales para adaptarse a los cambios del sistema productivo y, por otro lado, da respuesta a las necesidades de las empresas para encontrar trabajadores para ocupaciones con difícil cobertura y mejorar así la competitividad empresarial.

La entidad beneficiaria deberá establecer el programa formativo y podrá ejecutarlo directamente o subcontratarlo. Además, deberán dirigirse a grupos mayores de seis e inferiores a 15 alumnos, salvo que, por solicitud motivada, el Emcan autorice un número inferior o superior.

Las entidades beneficiarias deberán contratar en sus centros de trabajo de Cantabria al menos al 60% de los trabajadores formados, salvo que la acción formativa vaya dirigida a alguno de los colectivos prioritarios, en cuyo caso el compromiso de contratación deberá ser de al menos el 40% de los alumnos.

Los colectivos prioritarios son personas mayores de 45 años, jóvenes menores de 30 años y personas en desempleo de larga duración. Se entiende por persona trabajadora formada aquel alumno que finaliza la formación con evaluación positiva.

Con carácter general, la contratación se realizará en un plazo máximo de dos meses tras la finalización del programa formativo y la duración del contrato será como mínimo de seis meses en jornada a tiempo completo.

Las acciones formativas irán dirigidas a personas trabajadoras desempleadas, siempre que figuren inscritas como demandantes de empleo en el Servicio Cántaro de Empleo en el momento del inicio de la acción formativa. La participación del alumno en cualquier actividad formativa será gratuita, es decir, será sufragada por el Gobierno regional.

Si el plan formativo está incluido en el catálogo de especialidades formativas del Servicio Público de Empleo Estatal, los trabajadores recibirán un certificado o diploma que acredite su aprovechamiento. Además, estas ayudas son compatibles con otras ayudas de fomento a la contratación.

Después del compromiso inicial de contratación de seis meses, si la empresa decide la conversión de este contrato temporal en indefinido, dicha conversión podrá ser igualmente objeto de subvención.

"Este régimen de compatibilidades entre subvenciones convierte a esta línea en un instrumento idóneo no sólo para la capacitación de las personas trabajadoras a la medida de las empresas, sino también en un instrumento facilitador del relevo generacional en las empresas", ha defendido el consejero.

Arasti ha sostenido que este cambio en la normativa "está muy enfocado a las necesidades concretas de las empresas y por otra parte es muy sencillo y le hemos querido flexibilizar al máximo" porque no se han establecido plazos para formar y contratar, sino que la empresa "lo hará cuando surja la necesidad".

Por su parte, el director general de CEOE-Cepyme Cantabria, Francisco Aguilera, ha explicado que en 2024 se beneficiaron "al menos entre 3.000 y 4.000 trabajadores" de las ayudas del Ejecutivo, lo que "está dentro de un escenario deseado", ya que para la patronal "la mejor ayuda que puede tener un empresario es que se generen las condiciones para que pueda desarrollar su actividad", ha dicho.

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