Cantabria amplía en 47 las cavidades naturales para cuyo acceso no se precisa autorización
El Boletín Oficial de Cantabria (BOC) ha publicado este jueves una resolución en la que se amplían las cavidades naturales para cuyo acceso no se precisa autorización de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte por no tener interés arqueológico.

En concreto, se trata de 47 cavidades ubicadas, en su mayoría, en Soba: travesías Las Cubias-Cueva Fría, Torca Llana del Brezal-Cuesta del Avellano, Salida de Emergencia-Torca Castelagua-Cueva Castelagua-Cueva del Lobo y Valturon-Lobo; torcas del Sombrero, de Hoyo Grande y del Hoyo Salcedillo; cuevas de la Helguera, Primavera, del Nacimiento del Río Asón, de los Cazadores y de las Montosas; y Sumidero del Hoyo Salzoso.
También se sitúan en Arredondo (Travesía Torca Los Humos-Cayuela, Sima Cueto, Cueva Rabouzou y Torca del Hoyón); Rasines (Travesía Caballos-El Escobal y torcas La Canal, de las Cárcavas y del Regato Calero I y II); y Ruesga (travesías Torca del Mostajo-Torca del Regatón y Mortiro-Esquileña; torcas de Bernallán, de Las Pasadas, del Tejón, de la Yusa, de Blas, del Portillejo de Tocornal y de los Cubillones; y Torcón de Calleja Rebollo).
Además, de las travesías Cubillo del Coto-Torca Fría (Miera); Giant Panda-Hoyuca y Sub Phone-Cueva Riaño; las torcas de Los Cañaos (Ribamontán al Monte), la Vaca (Entrambasaguas), de las Excéntricas (Cavada), del Callejo Madero (Ramales) y la Decepción 'botton entrance' (Solórzano), junto al Cubío del Llanío; Simas del Picón (Matienzo); Sumidero Monticueva (Voto); y cuevas La Roja 'del Rojo' (Castro Urdiales), de Lacuerre (Rionansa) y del Sereno 'Entrada Sup.' y de los Zorros (San Roque de Riomiera).
No obstante, según señala la resolución consultada por Europa Press, aunque en estos casos no se requiera autorización, se debe comunicar al 112 el acceso a cualquier cueva, con el fin de facilitar posibles intervenciones de rescate.
La Ley de Cantabria de Medidas Fiscales y Administrativas establece que las visitas, exploraciones espeleológicas y de otras características en cavidades naturales con interés arqueológico deberán contar con una autorización de la Consejería competente en materia de Patrimonio Cultural.
En julio de 2017 se aprobó la relación de cavidades naturales para las cuales no es necesario obtener permiso, que se actualizó en septiembre de 2020.
Ahora esta lista se amplía de nuevo teniendo en cuenta el Informe del Jefe de Sección de Arqueología de 2 de junio de 2025 que expone que las cuevas carecen de interés arqueológico y no figuran en el Inventario Arqueológico de Cantabria (INVAC), por lo que no cuentan con la protección que establece la Ley de Patrimonio Cultural de Cantabria y, por lo tanto, no se requiere informe favorable de la Comisión Técnica de Patrimonio Arqueológico y Paleontológico.
Contra la resolución cabe recurso de reposición en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a esta publicación en el BOC o recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia en el plazo de dos meses.
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