Educación publica la resolución que limita el uso de tablets y ordenadores en la enseñanza asturiana
El Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) ha publicado este miércoles la resolución por la que se aprueban las directrices para la adecuada utilización de los recursos digitales en los centros educativos sostenidos con fondos públicos a partir del curso que viene.

Según la resolución, consultada por Europa Press, el objetivo es garantizar un "uso homogéneo" de las tecnologías digitales en las distintas etapas educativas, conciliando la adquisición de la competencia digital del alumnado con la protección de los menores y la equidad en el acceso a los recursos.
Las directrices establecen que en el primer ciclo de Educación Infantil (0-3 años) se emplearán exclusivamente "recursos analógicos y manipulativos". En el segundo ciclo (3-6 años), los recursos digitales podrán introducirse "de forma progresiva" y siempre bajo la supervisión directa del profesorado.
En Educación Primaria, los materiales en papel y otros recursos analógicos serán "prioritarios", relegando el uso de tecnologías digitales a "actividades concretas" y bajo supervisión docente.
En Secundaria y Formación Profesional Básica, el uso de tecnologías digitales se permitirá como herramienta didáctica "siempre que esté debidamente adaptada y justificada a las necesidades, características y edad del alumnado". La resolución refleja que su uso ha de ser "complementario" a los recursos analógicos, que "no deben ser obviados ni sustituidos de manera mayoritaria". En el resto de etapas educativas, se utilizarán las tecnologías digitales armonizando su uso con los recursos analógicos.
DIRECTRICES DE OBLIGADO CUMPLIMIENTO
Estas directrices serán de obligado cumplimiento en todos los centros educativos sostenidos con fondos públicos, excepto en enseñanzas impartidas de forma telemática o semipresencial.
La aplicación de estas directrices deberá recogerse en el Plan Digital y la Programación General Anual de cada centro, atendiendo a la edad del alumnado, el currículo y la autonomía pedagógica del centro. Se prevé la posibilidad de autorizar el uso de recursos digitales a alumnado con necesidades educativas específicas, siempre que esté debidamente justificado.
La Consejería ofertará formación específica al profesorado y equipos directivos sobre el uso adecuado de herramientas digitales, y la Inspección Educativa velará por la correcta aplicación de las instrucciones.
La resolución será de obligado cumplimiento a partir del 1 de septiembre de 2025, aunque se establece un periodo transitorio de un curso escolar para los centros que acrediten un "grave trastorno" organizativo derivado de la adaptación a estas directrices.
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