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Cantabria 03-05-2025 14:30

ASCEL estudia recurrir el auto del TSJC que desestima suspender las extracciones de lobo

La Asociación para el Estudio y la Conservación del Lobo Ibérico (ASCEL) estudia interponer un recurso de reposición contra el auto del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) que desestima su petición de suspender cautelarmente las extracciones de lobos en la comunidad autónoma.

Así lo ha indicado el portavoz de ASCEL, Ignacio Martínez, en declaraciones a RNE, recogidas por Europa Press, en las que ha asegurado que la asociación ecologista considera que el pronunciamiento del TSJC "tiene suficientes flaquezas".

Un autor en el que la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC ha desestimado las medidas cautelares solicitadas por ASCEL para suspender las extracciones de lobos recogidas en la resolución del 2 de abril de 2025 del Gobierno regional.

Entre otras cuestiones, el TSJC reconoce que el lobo, contrariamente a la situación normativa anterior, ya no es una especie cobijada en el LESPRE (Listado de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial).

También aduce que ya no se presenta la protección de la especie como valor preponderante, sino en posición de equivalencia con la protección de la ganadería, "que es un relevante sector económico-social".

Según dice el auto, que dio a conocer este viernes el Gobierno autonómico, "el interés de los ganaderos por resguardar sus animales y, con ello, su modo de vida, no es un interés menor que deba sacrificarse en aras de una protección ilimitada e incondicional del lobo (más ahora cuando en Cantabria no es objeto este de una especial y rigurosa protección)".

Y añade que, "desde luego, no es menor el interés, indudablemente público, de garantizar el desarrollo de una parte del sector ganadero de Cantabria (la ganadería extensiva) en la que se integran los intereses de los ganaderos".

En el auto del TSJC se reconoce que los informes remitidos por el Gobierno de Cantabria para justificar la necesidad de hacer controles son "exhaustivos y precisos", y "denotan la justificación y proporcionalidad de la resolución impugnada". Además, subraya que estos datos "no son refutados por prueba alguna aportada por la demandante".

Por todo ello, desestima las medidas cautelares que pedía Ascel, que pretendía que se suspendiera la ejecutividad de la resolución de 2 de abril de 2025, que establece el cupo de extracción de lobos en la comunidad autónoma de Cantabria para la temporada 2025-2026.

Además, impone a la asociación las costas causadas, con el límite máximo de 300 euros.

 

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