TSJC desestima suspender la extracción de lobos en Cantabria porque la situación de la especie "no es desfavorable"
La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria (TSJC) ha desestimado la medida cautelar de suspender las extracciones de lobos en la comunidad autónoma solicitada por Ecologistas en Acción y la Plataforma para la Defensa de la Cordillera Cántabra al considerar que la situación de la especie "no es desfavorable".

En un auto difundido este viernes, el tribunal resuelve sobre esta medida tras conocer las alegaciones presentadas esta semana por la Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca y Alimentación a la solicitud de medidas cautelares por parte de ambas asociaciaciones para suspender la ejecutividad de la resolución de 2 de abril de 2025, que establece el cupo de extracción de lobos en la Comunidad Autónoma de Cantabria para la temporada 2025-2026 en 41 ejemplares.
Entiende la Sala que "ahora el régimen de protección del lobo al norte del río Duero se condensa en la posibilidad de dar muerte al lobo, mirando por que ello no altere la conservación favorable de la especie", y a la luz de los informes aportados sobre la situación de la especie se desestima la petición "al no encontrarnos en un escenario de conservación desfavorable".
En su auto, el tribunal recuerda que no se exige el "mejor estado posible" de la especie o "abundancia" de la misma. "No es el crecimiento continuo de la especie", sino el "mantenimiento de su supervivencia a largo plazo".
Además, a la hora de hacer un examen de proporcionalidad, "ya no se presenta la protección de la especie como valor preponderante, sino en posición de equivalencia con la protección de la ganadería, que es protección de un relevante sector económico-social".
Por tanto, "el mantenimiento de un estado de conservación favorable no es un límite infranqueable, sino un criterio de ponderación, junto con otros (número de ataques del lobo y muerte de ganado por su causa, implantación del sector ganadero en Cantabria, etc) que permitan determinar el grado de intensidad y necesidad de protección de los valores en juego (en este caso, el sector ganadero en Cantabria y la supervivencia del lobo en su territorio)".
No obstante, el hecho de que desaparezca la prohibición de dar muerte al lobo en cuanto regla "no implica la libertad de dar caza del lobo en cualquier caso y sin límites", puntualizada el juez en el auto.
En este sentido, explica la resolución que la Directiva sobre especies de interés comunitario expresa la necesidad de conservar la especie, lo que conlleva "la obligación de justificar la muerte del lobo en la necesidad de protección de ciertos valores o bienes jurídicos (en este caso, el sector ganadero cántabro); y, por otro, la contención en la caza para garantizar la perduración de la especie".
Esta petición de medida cautelar que realizaron las dos asociaciones ecologistas está vinculada al recurso contencioso-administrativo que han presentado ambas frente a la decisión de la Consejería de extraer 41 lobos en Cantabria y que pretende que sea declarada nula.
Independientemente de la desestimación de la medida cautelar, el recurso presentado contra la resolución proseguirá y será entonces cuando la Sala entre a resolver sobre el fondo de la decisión de la Consejería y determine si es acorde o no a derecho, ha precisado el TSJC.
SATISFACCIÓN DE LA CONSEJERÍA
En un comunicado, la consejera de Desarrollo Rural y Ganadería, María Jesús Susinos, ha mostrado su satisfacción ante "un hecho que constata el trabajo serio, científico y riguroso" realizado por el Gobierno de Cantabria para llevar a cabo "el tan necesario control poblacional del lobo".
Además, ha celebrado que el Tribunal mantenga su criterio y que lo haga de manera "clara y contundente", con la imposición de costas a los solicitantes --300 euros--pues la Consejería está "siguiendo escrupulosamente la ley" y el plan de gestión.
Por ello, ha insistido en que "nuestro Plan lo marca la Ley y vamos a seguir llevando a cabo el control todo el tiempo que sea necesario para hacer compatible la convivencia de nuestra ganadería con el lobo".
Porque "si hacemos caso a los ecologistas y al Gobierno de Pedro Sanchez, nuestra ganadería morirá porque no quedará ni un animal en nuestros montes, ni en nuestros pueblos y no quedará ningún ganadero que críe ganado para dar de comer al lobo", ha sostenido.
Susinos también ha valorado que la sala recoja que la resolución de la Consejería no regula la caza del lobo, sino que se limita a determinar el número de ejemplares que se puedan extraer este año; y que califique de "tremendista y ausente de justificación" la afirmación de las asociaciones de que la resolución impugnada ha de desencadenar la masacre del lobo.
En 2024 se certificaron 2.681 ataques, con un total de 3.233 cabezas de ganado muertas y 207 heridas.
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