Absuelto el expedáneo de Fontibre por falta de "prueba suficiente e inequívoca" de falsedad documental
El presidente del Concejo Abierto de Fontibre entre 2003 y 2015 ha sido absuelto del delito continuado de falsedad en documento oficial por el que fue acusado y juzgado en la Audiencia Provincial de Cantabria, que no ha encontrado "prueba suficiente e inequívoca" de que hiciera constar en el libro de actas juntas que no tuvieron lugar, acuerdos que no llegaron a aprobarse y la asistencia de personas que no estuvieron presentes.

Así lo ha resuelto la Sección Primera de la AP, que enjuició los hechos, en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press y que no es firme, pues contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria.
En su resolución, la Sala han llegado a la determinación de que no ha habido "justificación suficiente e indudable" de que el expedáneo de Fontibre (en Campoo de Suso) y que se enfrentaba a cinco y seis años de cárcel que respectivamente pedían la Fiscalía y el Concejo, procediera durante su mandato a "confeccionar unos documentos que recogieran un contenido que no se correspondiera con la realidad" y que esto, además, "se hubiera hecho con plena consciencia".
"No se ha acreditado actuación indudable de mutación de la realidad (documentación de reunión del Concejo ni convocada ni celebrada) ni que recaiga sobre elementos esenciales, simulando que hubiera sucedido algo que no había tenido lugar y que constituyera un trámite esencial para aparentar actuar conforme a la legalidad entre otras actuaciones la aprobación de cuentas", añaden los magistrados.
Así, han absuelto al que fuera presidente de esta pedanía durante doce años de que, en calidad del puesto que ostentaba, hiciera constar en el libro de actas la celebración de tres juntas sin que llegaran a celebrarse así como acuerdos que no se aprobaron y la asistencia de un vecino que no estuvo presente, como sostenía el ministerio público antes de la vista oral, celebrada el pasado mes de junio.
El expedáneo, al que el fiscal también reclamaba 5.400 euros de multa, que el Concejo elevaba a 7.200 euros, manifestó en el plenario -en el que fue defendido por el abogado Federico Monteoliva-, que durante su mandato se convocaban las juntas como "siempre", en el tablón de anuncios, y que tras las reuniones se redactaban las actas correspondientes, algo de lo que se encargaban algunas "amigas" suyas porque él, ganadero con estudios básicos, "no sabía hacerlo". Además, aseguró que "nunca" firmó por otras personas y declaró que no era "culpable" de los hechos que le imputaban y por los que ha sido absuelto.
Y es que los jueces han considerado probado que el procesado fue presidente de Fontibre y que en el libro de actas del Concejo consta tres actas correspondientes a juntas de la entidad en fechas de 30 de noviembre de 2013 y 7 de enero y 28 de febrero de 2014 suscritas por él y por quien ostentaba la función de secretario.
Pero no han entendido acreditado ni que las juntas a las que se refieren dichas actas "no hubieran tenido lugar ni que su contenido hubiere sido alterado".
Sé el primero en comentar