Noticias de Cantabria
15-06-2009 09:00

La sentencia del Ecoparque Besaya y el fiscal

Sabino Fernández Campo en su conferencia ante el Parlamento de Cantabria dijo, con esa claridad que le caracteriza, que “no todo vale en política” y que “debemos movernos en el ámbito de la moral y la ética”. Se trata de una frase de contenido para ejercer y no para aplaudir, añado yo.

El TSJC ha sido rotundo en la relación de hechos y fundamentación jurídica que se contienen en la sentencia que dictó con fecha del 27 de enero de 2009 y que hizo difícil, si no injustificable, articular un recurso contra la misma por parte de Agudo como finalmente ha admitido.

Esa sentencia, como todos sabemos, declaró nulo de pleno derecho el pliego de condiciones para la elección de un socio del Ecoparque Besaya. Además, ha dicho lo mejor: que se deduzca testimonio de la sentencia para el Ministerio Fiscal.

¿Y ahora qué? Esa es la pregunta que se hacen los ciudadanos. ¿Para qué ha servido el que el alto órgano Judicial, el TSJC, haya puesto en evidencia una actuación del consejero no sólo no ajustada a derecho sino también, presuntamente, constitutiva de delito?.En efecto seguir de consejero Agudo significaría un escándalo e iría contra lo que dice el ex Jefe de la Casa Real Don Sabino Fernández Campo, hombre del Rey como lo definió Revilla.

Recapitulo muy brevemente para el ciudadano haciendo una lectura de lo que ha supuesto este varapalo judicial que no es otro más de los que se están sucediendo (independientemente de otras actuaciones que de sobra conocen los ciudadanos muy lejanas al interés público, aunque algunas ya están perfeccionadas -como pueden ser las adjudicaciones directas de publicidad- sin que otras empresas hayan podido tener acceso  a esos contratos tan suculentos, o como uno que recientemente se conoció y que causo clamor en la profesión de la abogacía al adjudicar la redacción de un reglamento de régimen interno por 147.000 euros a un despacho de Madrid con el que habitualmente mantiene relaciones la consejería de Agudo).

Sigo y recuerdo que la sentencia anula todo un procedimiento que trataba, in origine, un bonus fidei que era constituir una sociedad para revitalizar una zona deprimida por la desaparición de las minas de Reocín e inyectar actividad empresarial a partir de esta actuación del Gobierno a través de la Consejería de Agudo. Esto deja claro que se parte de una sociedad de interés general. Pues bien, Agudo decide que, para potenciar esa sociedad y que no sea la Administración la que gestione directamente conseguir el fin u objeto perseguido –es decir, por agilidad administrativa, gastos presupuestados y costoso esfuerzo inversor que hay que realizar- debe ser un socio privado el que impulse y sea motor de esa sociedad. Bien, bis.

Para realizar esa idea hay que propiciar la búsqueda de un socio, pero desde la legalidad, con trasparencia y cumpliendo los tramites normativos que exige la Ley, ya que se trata, ab initio, de una sociedad pública tutelada en sus actos por el derecho público. Pues no, desde este momento, Agudo se desprende de la normativa de derecho público y realiza un batiburrillo confundiendo un procedimiento como es un concurso con un mestizaje de la ley para conseguir un fin. Y ¿cuál es ese fin? El ministerio fiscal tiene la palabra.

Se redacta un Pliego de cláusulas base -que es el que va a ser el referente de toda la actuación- y en él se introduce la ilegalidad que tan acertadamente ha visto el TSJC. A fuer de ser breves y no cansar al lector, lo que se pretendía a tenor del espíritu del texto era elegir un socio privado a la carta, que este adquiriese las participaciones de la sociedad del ecoparque y que por esa adjudicación estuviese legitimado para ser el dueño, amo y señor de toda la ejecución de las obras, contrataciones, subcontrataciones, etc. que se realizasen en el Polígono… ¿Pelotazo? Quizá no, quizá sí, vayan ustedes a saber. Permítanme una licencia malévola, y es que daba la impresión de tratarse de un concurso con un pan bajo el brazo.

Pues bien, todo este asunto lo ha echado por tierra el TSJC y Agudo ha dicho que no recurrirá la sentencia. Lo único sensato que ha podido hacer. Ahora viene la segunda parte, porque la sentencia puede estar en poder o en el tejado del Ministerio Fiscal y no es un dulce, sino que es un dardo jurídico y bastante envenenado.

¿Que por qué digo lo anterior? Sencillo. Porque el fiscal tiene que escudriñar, investigar y tomar declaraciones para determinar si todo ha sido un error, negligencia, ignorancia del procedimiento o si existía desde el principio intencionalidad en todos y cada uno de los actos administrativos realizados. ¡Ah! Se me olvidaba, hay que averiguar lo más fundamental: ¿quién redactó el Pliego? ¿Quién dio las  instrucciones para conformar ese Pliego? Naturalmente, el fiscal en este caso concreto lo tiene más fácil ya que dispone de ayuda altruista, sólo tiene que leer las páginas del periódico El Mundo, donde se contienen las relaciones de las personas intervinientes y su ubicación en el puzzle de adjudicación... ¿Se ejecutará la sentencia? ¿Quien puede ejecutar la sentencia? ¿La ejecución supone ipso facto el cese o dimisión del consejero? ¿Vale todo en política?

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Comentarios(5):

Sí dicen que digan - 18-06-2009

Con la sentencia del ecoparque y Agudo,el consejero hara oidos sordos hasta que el tribunal dicte sentencia o hasta que se vea demasiado presionado ,como paso con Del Olmo que aguanto todo lo que pudo como consejero.Pues con Agudo idem de idem

corrupción - 18-06-2009

Llevamos una temporada que no hacemos mas que descubrir miserias de nuestros gobernantes a nivel nacional y a nivel regional,esto es una verguenza.Estamos en manos de los mas mediocres

Necedad politica - 18-06-2009

Es increible con lo dignos que aparecen todos y luego estan cubiertos de porqueria hasta las orejas.Que politicos tenemos

Cantabria en retroceso - 18-06-2009

Agudo a callar ,la vicepresidenta a callar y el presidente tambien a callar ,hasta que no sea irremediable tomar una decision, pero no por voluntad propìa sino porque venga de la justicia

desinformado.... - 16-06-2009

Una nueva censura El principio de base de la censura moderna consiste en inundar las informaciones esenciales con un diluvio de noticias insignificantes difundidas por una multitud de medios de comunicación social con contenidos similares. Esto permite a la nueva censura de tener todas las apariencias de la pluralidad y de la democracia. Esta estrategia del entretenimiento y distracción se aplica en primer lugar a los noticieros televisados, principal fuente de información publica.